DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021

Fecha: 05-Ene-2021

Los recursos naturales son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país

Ahora bien, en razón a la materia que nos ocupa, es menester establecer que el art. 348 de la Norma Suprema establece que: “I. Son recursos naturales los minerales en todos sus estados, los hidrocarburos, el agua, el aire, el suelo y el subsuelo, los bosques, la biodiversidad, el espectro electromagnético y todos aquellos elementos y fuerzas físicas susceptibles de aprovechamiento. II. Los recursos naturales son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país” (énfasis añadido); de lo descrito, se puede colegir que dicha previsión constitucional realiza una definición sobre los recursos en los cuales menciona a los recursos naturales no renovables y a los recursos naturales renovables como fuentes de riqueza económica; y, en tal virtud son considerados de carácter estratégico.