DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021

Fecha: 05-Ene-2021

Independencia y Autonomía

En ese sentido, respecto a la pretensión del estatuyente municipal de imponer obligaciones y regular aspectos inherentes al ejercicio del derecho del control social, se debe considerar que el art. 241 de la CPE, garantiza la autonomía e independencia de la sociedad civil, para definir su estructura y funcionamiento, aspecto que es reforzado por la Ley de Participación y Control Social que en su art. 4.II.4 prevé como principio esencial la Independencia y Autonomía como la capacidad para decidir y actuar con libertad sin dependencia de ningún mando o autoridad; en tal mérito y como se tiene dicho, la COM no puede regular sobre otras temáticas que no estén relacionadas a garantizar el ejercicio del control social y generar espacios de participación y control social que posibiliten la intervención activa de la sociedad civil organizada en la gestión pública.