DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021

Fecha: 05-Ene-2021

Artículo 126. (SERVICIOS BÁSICOS).

1. Provee los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario y drenaje fluvial a través de entidades públicas, cooperativas comunitarias o mixtas, comités de agua sin fines de lucro, conforme a lo establecido en la Constitución Política del Estado y en el marco de las políticas diseñadas a nivel central del Estado.

II. El gobierno municipal, implementa políticas que contemplen la conservación de zonas de recarga hídrica y cuando corresponda de manera concurrente, coordinada con el nivel departamental y central del Estado u otros municipios colindantes; así como coadyuva en la asistencia técnica y la planificación.