DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021

Fecha: 05-Ene-2021

Sobre estas competencias, el proyecto de COM únicamente puede diferir a la ley sectorial toda distribución de responsabilidades

Conforme al cambio de línea establecido en la ya citada         DCP 0003/2020, aplicable para el articulo en examen, sostuvo que: “En ese sentido, no es posible admitir en el orden competencial, que las normas institucionales básicas -sean municipales o departamentales-, realicen distribución de responsabilidades de las competencias concurrentes, en razón a que esta tarea por mandato constitucional le corresponde a la ley sectorial del nivel central del Estado, de hacerlo, incurre en invasión competencial siendo que se arroga de manera unilateral y para sí, una atribución que le corresponde a otro nivel de gobierno. Sobre estas competencias, el proyecto de COM únicamente puede diferir a la ley sectorial toda distribución de responsabilidades; sin embargo, cuestiones que no estén relacionadas a la indicada distribución, pueden ser declaradas en las normas básicas institucionales” (énfasis ilustrativo).