DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Artículo 130º

Artículo 130º  (Autorización para la modificación del presupuesto). Una vez aprobado por el Concejo Municipal de San Andrés, el presupuesto institucional del Municipio no podrá ser modificado por otra instancia legislativa o ejecutiva, sin la autorización del Gobierno Autónomo de San Andrés, a través de los procedimientos establecidos por las disposiciones legales en vigencia y de la presente Carta orgánica.