DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Artículo 136º

Artículo 136º  (Patrimonio municipal). Son de propiedad del Municipio de San Andrés los bienes muebles, inmuebles, derechos y otros relacionados, que le son atribuidos en el marco del proceso de asignación competencial previsto en la Constitución Política del Estado, la Ley, los Convenios, la presente la Carta Orgánica y normativa municipal, correspondiendo su registro ante las instancias asignadas por la normativa vigente.