DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2013

Fecha: 27-Jun-2013

control automático y obligatorio

Asimismo, atendiendo al contenido previsto en el art. 275 de la CPE, ésta consagra respecto del control de proyectos de estatuto autonómico y carta orgánica un control automático y obligatorio, que se realiza inmediatamente haya sido aprobado el proyecto de estatuto autonómico o carta orgánica elaborados por el órgano deliberativo de la entidad territorial que se trate. Esto supone también, que el control que el Tribunal Constitucional Plurinacional debe ejercer respecto del proyecto de estos instrumentos normativos es un control integral, se realiza un análisis de todo el proyecto de estatuto o carta orgánica con todas las normas constitucionales, a efectos de asegurar y garantizar la supremacía constitucional; en esta labor se confronta los preceptos del proyecto normativo con toda la Constitución, en virtud de ello, las disposiciones que se encuentren incompatibles no pueden ingresar al ordenamiento jurídico, debiendo en su caso ser adecuados conforme a los postulados constitucionales.