DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Artículo 23º

II.  El Concejo Municipal tendrá concejales (as) titulares y suplentes, los o las concejales (as) titulares tienen la obligación de habilitar sus suplentes de acuerdo al Reglamento del Concejo, los o las concejales (as) suplentes percibirán remuneración sólo en caso de que efectivamente realicen trabajo.