DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Artículo 178º

Artículo 178º (Derechos de los niños, niñas y adolescentes).I. El Gobierno Autónomo Municipal de San Andrés asegurará, en el marco de sus competencias, la inclusión social, política y cultural de los infantes, niñas, niños y adolescentes, como sujetos sociales de derecho. De igual forma garantizará el ejercicio y goce de sus derechos hacia la igualdad, no discriminación, respeto solidaridad e interculturalidad, en el marco de las políticas nacionales y normativa vigente.

II.  El Gobierno Autónomo Municipal formulará, aprobará y ejecutará el Plan Municipal de Niñez y Adolescencia, elaborado en función de las necesidades, demandas y propuestas de los infantes (as), niños, niñas y adolescentes del municipio, garantizando el presupuesto necesario y suficiente para su implementación.

IV. El Gobierno Autónomo Municipal establecerá dentro del Concejo Municipal, la Comisión Municipal de Niñez y Adolescencia, como instancia proactiva, consultiva y fiscalizadora de las políticas y acciones de protección a favor de niños, niñas y adolescentes, con participación de representantes de la sociedad civil y de los propios niños, niñas y adolescentes.