DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Artículo 29º

Artículo 29º (Comisiones especiales del Concejo). Sin perjuicio de las comisiones que establezca el Reglamento Interno del Concejo municipal, son comisiones permanentes las siguientes: De las Personas Vulnerables, en situación de desventaja y sectores sensibles; de Seguridad Ciudadana; Del Desarrollo Económico, De la Pequeña y Mediana Empresa y el Empleo, De la Protección Ambiental y Del Infante Niño Niña y Adolescente.