DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Artículo 173º

Artículo 173º  (Derechos de los Pueblos Indígena Originario Campesinos). I. En conformidad a la Constitución Política del Estado y la normativa internacional referida a naciones y pueblos, indígena originario campesinos, el Gobierno Autónomo Municipal de San Andrés en el ámbito de su jurisdicción, adoptará, elaborara y ejecutara planes, políticas, programas o proyectos de desarrollo económico social, cultural y organizativo con los objetivos descritos a continuación.