DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015

Fecha: 25-Feb-2015

a)    Son sesiones ordinarias;

a)    Son sesiones ordinarias; aquellas convocadas para tratar asuntos habituales de competencia del Concejo Municipal, debiendo desarrollarse en Plenaria y  por Comisiones, se llevarán a cabo una vez por semana, pudiendo ampliarse éste  número de acuerdo  a las necesidades y requerimientos de la población y según Reglamento del Concejo Municipal.  Del total de sesiones ordinarias en Plenaria, el veinte cinco ciento (25%) anual deberán efectuarse en los Distritos Municipales y Distritos indígena originario campesinos, y el setenta y cinco por ciento (75%) en la sede administrativa;