DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015

Fecha: 25-Feb-2015

ARTÍCULO 141.- Educación.

I.     El Gobierno Autónomo Municipal  en base a las políticas nacionales del sistema de educación, ejercerá de forma concurrente con los otros niveles autonómicos la gestión del sistema de educación, implementando para ello políticas públicas municipales destinadas a garantizar una educación universal, descolonizadora, comunitaria, democrática, participativa, unitaria, integradora, plurilingüe, productiva, inclusiva, intercultural, que responda a la realidad municipal, adoptando para este efecto  las siguientes  acciones  y estrategias:

c)     Incentivar el desarrollo educativo, a través de reconocimiento y premiación  a estudiantes destacados, gestión de becas estudiantiles a nivel primario, secundario y superior; identificando, protegiendo y promoviendo el talento creador en todo campo del conocimiento, actividad productiva, técnico, laboral, organizacional, servicio comunitario  y otros;

g)    En el marco de la competencia concurrente para la gestión del sistema de educación establecido en la Constitución Política del Estado y otras disposiciones legales, el Gobierno Autónomo Municipal, apoyará a la formación de recursos humanos del sistema educativo y la educación en su integridad considerando las normas que rigen la inversión pública;

m)   En coordinación con los Consejos Educativos Comunitarios y organizaciones sociales, autoridades locales y otras instancias del Ministerio de Educación realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación a los servidores públicos en educación  cada trimestre para lograr la calidad educativa con instrumentos técnicos;