DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015

Fecha: 25-Feb-2015

ARTÍCULO 159.- Vivienda y vivienda social.

El Gobierno Autónomo Municipal en el marco de las competencias concurrentes establecidas en el artículo 299 parágrafo II de la Constitución Política del Estado, en coordinación con los otros niveles autonómicos promoverá  el acceso a la vivienda social destinada a los sectores de la  población de menores ingresos, a través de acciones y estrategias conjuntas con el nivel central y departamental.