DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Servidores públicos electos;

b) Servidores públicos electos; son aquellas personas cuya función pública se origina en un proceso eleccionario previsto por la Constitución Política del Estado. Estos servidores no están sujetos a las disposiciones relativas a la Carrera Administrativa y régimen laboral  determinado por la Ley General del Trabajo. En esta clasificación se encuentran las Concejalas o Concejales y Alcaldesa o Alcalde;