DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015

Fecha: 25-Feb-2015

ARTÍCULO 126.- Integralidad de la planificación.

I.     La planificación municipal deberá ser integral en todo el territorio municipal y sobre todas las áreas que integran el desarrollo local de competencia municipal, debiendo garantizar la participación de la sociedad civil organizada en cada una de sus etapas y sustentarse en los principios de corresponsabilidad, solidaridad, equidad, trasparencia y rendición de cuentas clara, completa y oportuna.