DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015

Fecha: 25-Feb-2015

ARTÍCULO 149.- Defensa de la consumidora o consumidor y usuaria o usuario.

I    El Gobierno Autónomo Municipal garantiza los derechos de las consumidoras o consumidores y usuarias o usuarios, establecidos en la Constitución Política del Estado, a través de mecanismos que garanticen el control de calidad, cantidad, disponibilidad adecuada y suficiente, precios de alimentos y bebidas de consumo, para ello:

a)    Normará mediante una Ley Municipal, los procedimientos de autorización, control de calidad y  funcionamiento de restaurantes, cantinas, locales y otros espacios de venta de productos alimenticios y bebidas alcohólicas;  observando los requisitos de infraestructura y equipamiento para asegurar la calidad y sanidad conforme lo establecido en las normas nacionales; determinando  las sanciones que corresponda en caso de incumplimiento;