DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015

Fecha: 25-Feb-2015

ARTÍCULO 128.- Priorización para la justicia social.

Todo proceso de planificación deberá priorizar proyectos para los sectores menos beneficiados, los mismos que serán detectados por las organizaciones sociales e instituciones de la jurisdicción municipal, a través de los datos obtenidos de la instancia responsable de estadísticas y diagnósticos situacionales, y en el marco de la normativa municipal