DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015

Fecha: 25-Feb-2015

ARTÍCULO 111.- Inversión en valores financieros.

El Gobierno Autónomo Municipal podrá participar en la obtención de bonos y valores, siempre que su calificación de riesgo sea igual a la permitida para los fondos de pensiones; en ningún caso, el Gobierno Autónomo Municipal se encuentra habilitado para especular financieramente a costa del  tesoro público. Los servidores públicos del Gobierno Autónomo Municipal que así lo hicieran serán responsables conforme a Ley.