DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Respecto al inc. c) del art. 14.I

Ahora bien, las políticas municipales son metas, decisiones y acciones que emprenden los gobiernos autónomos municipales para abordar un problema, estas políticas proponen estrategias de acción, programas que responden a las mismas, y metas que deben ser alcanzadas; en otros términos las políticas municipales, son tareas propias de los gobiernos autónomos municipales, que deben ser planificadas, elaboradas y ejecutadas por sus órganos de gobierno conforme a sus facultades; ya que según el art. 283 de la CPE, “El gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde”.

Consiguientemente, la regulación en análisis resulta contraria a la Ley Fundamental, por establecer como un deber de los habitantes del Municipio el conocer, cumplir y hacer cumplir las políticas públicas; actividad que es responsabilidad de los personeros del gobierno autónomo municipal y no así a los habitantes del Municipio.