DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015

Fecha: 28-Jul-2015

“Artículo 112° (Patrimonio y bienes municipales).

e)    Son también patrimonio municipal los bienes y las competencias transferidas por  el estado, por el gobierno departamental  y los derechos adquiridos por el gobierno municipal de Mecapaca mediante título jurídico, su administración, defensa, conservación serán regulados por el Concejo Municipal.