DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015

Fecha: 28-Jul-2015

principio de independencia, separación, coordinación y cooperación funcional

Cabe puntualizar que debido a la implementación del nuevo orden constitucional, el poder público del Estado se organiza y estructura a través de los Órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral; a objeto de garantizar la vigencia de los derechos fundamentales y libertades públicas, la relación entre dichos órganos debe fundamentarse en el principio de independencia, separación, coordinación y cooperación funcional.

En ese marco, tratándose de un modelo de Estado con autonomías en la que se reconoce a las ETA las facultades legislativa, ejecutiva, fiscalizadora y reglamentaria, sus órganos de gobierno se sustentan en el principio de independencia, separación coordinación y cooperación de funciones, conforme dispone el art. 12.II de la LMAD.