DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Otorgación de personalidad jurídica

El art. 298.II.14 y 15 de la CPE, señala que son competencias exclusivas del nivel central del Estado: “Otorgación de personalidad jurídica a organizaciones sociales que desarrollen Actividades en más de un Departamento” y “Otorgación y registro de personalidad jurídica a Organizaciones No Gubernamentales, Fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un Departamento”, del mismo modo en el art. 300.I.12 y 13 de la CPE, se ha previsto como competencia exclusiva de los gobiernos autónomos departamentales: “Otorgar personalidad jurídica a organizaciones sociales que desarrollen actividades en el departamento. Otorgar personalidad jurídica” y “Organizaciones No Gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en el departamento”, no encontrándose previsión alguna respecto al nivel municipal como competencia para otorgar personerías jurídicas.