DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015

Fecha: 28-Jul-2015

y en las decisiones de la ciudadanía

Este Tribunal, declaró la incompatibilidad de la frase “y en las decisiones de la ciudadanía” inserta en el art. 15 inc. m) del proyecto primigenio de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Mecapaca, porque se entendió que el derecho de participación constituye un derecho potestativo de los habitantes conforme dispone el art. 241.I de la CPE, el cual puede ser ejercido en el marco establecido en la Ley de Participación y Control Social; consiguientemente, no era admisible que la norma institucional básica establezca la participación en las decisiones de la ciudadanía como un deber.