DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015

Fecha: 28-Jul-2015

competencias compartidas

Por otra parte, es preciso reiterar que por mandato del art. 297 de la CPE, las competencias compartidas, forman parte de la definición establecida por el constituyente, en la citada norma constitucional; por lo que, el deliberante municipal deberá tomar en cuenta dicho aspecto a momento de efectuar la readecuación del proyecto de Carta Orgánica que se revisa.