DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015

Fecha: 28-Jul-2015

I.-

I.- La Carta Orgánica no pierde vigencia aun cuando por actos violentos o de cualquier naturaleza llegue a interrumpir su observancia. Quienes ordenen, consientan o ejecuten actos de esta índole son considerados infames traidores a los órdenes constitucionales; por tanto pasibles a proceso judicial.