DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015

Fecha: 28-Jul-2015

En caso de existir observaciones por la misma, deberá representarse dentro  el mismo plazo de la promulgación

9) Elaborar y elevar ante el Concejo Municipal para su consideración y aprobación, el Plan de Desarrollo Municipal, el plan de ordenamiento urbano y territorial, con sus normas y reglamentos, asegurando su elaboración participativa para su aprobación en el tiempo perentorio de (60) sesenta días hábiles.

14) Transparentar la información municipal hacia el Concejo Municipal y la comunidad, a través del cumplimiento de lo estipulado en la presente Carta Orgánica, y los informes periódicos. Esta información deberá ser referida a presupuestos ejecutados, comprometidos y requeridos según sea la situación de análisis.

29) Sancionar a las personas individuales, colectivas y públicas o privadas que infrinjan las disposiciones de preservación del patrimonio nacional dominio y potestad pública, uso común, normas sanitarias básicas de uso de suelo, medio ambiente, protección a  la fauna silvestre, animales domésticos, transporte y venta de productos alimenticios para el consumo humano y animal, así como los productos destinados al cultivo de vegetal prohibido, de acuerdo con la normativa vigente al respecto.