DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015

Fecha: 28-Jul-2015

ha mantenido el contenido de los citados parágrafos

A momento de efectuar el control previo de constitucionalidad del proyecto original de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Mecapaca, en la DCP 0036/2015, se declaró la incompatibilidad de los parágrafos I y II del art. 43, en razón a que el ejecutivo municipal no tiene la exclusividad sobre la iniciativa legislativa respecto a la organización de la administración y el proyecto de presupuesto de gastos y cálculo de recursos, ello en virtud de los arts. 271 de la CPE y 114 de la LMAD; además que la iniciativa es optativa; no obstante de dicha declaratoria, el deliberante municipal, ha mantenido el contenido de los citados parágrafos en el art. 42 del proyecto con adecuaciones, sin modificar su texto; es decir, que las disposiciones declaradas incompatibles continúan en el texto del citado artículo del proyecto con adecuaciones.