DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Sobre el inc. 4)

En la DCP 0036/2015, se declaró la incompatibilidad de la frase “En caso de existir observaciones por la misma, deberá representarse dentro el mismo plazo de la promulgación” inserta en el inc. 4) del art. 48 del proyecto original de Carta Orgánica, en razón a que dicha previsión era contraria al procedimiento legislativo contenido en el art. 163 de la CPE, aplicable por abstracción al ámbito municipal.