DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016

Fecha: 18-Abr-2016

ARTÍCULO 101. (TRANSFERENCIA Y DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS)

I.            El Gobierno Autónomo Municipal, podrá transferir o delegar competencias exclusivas a otras Entidades Territoriales Autónomas, así como recibir competencias transferidas o delegadas por las Entidades Territoriales Autónomas, a través de Ley Municipal aprobada por dos tercios de votos del total de los miembros del Concejo Municipal.