DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016

Fecha: 18-Abr-2016

Artículo 72. (DESCONCENTRACIÓN ADMINISTRATIVA)

I.            La desconcentración es el proceso jurídico administrativo, por el que se delega las responsabilidades del ejercicio de una o varias funciones operativas y se asigna recursos a favor de las dependencias desconcentradas, con el fin de lograr mayor agilidad y cobertura de la gestión municipal, sin perder la relación de dependencia.