DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016

Fecha: 18-Abr-2016

PREÁMBULO

La Constitución Política del Estado establece que el Gobierno Autónomo Municipal de Tolata, está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa en el ámbito de sus competencias, y un Órgano Ejecutivo presidido por la Alcaldesa o el Alcalde, ejerciendo sus competencias y su forma de administración en el marco de la Participación Popular determinada por la Ley N° 1551.

Actualmente, la Ley Marco de Autonomías “Andrés Ibáñez” define la Autonomía como la cualidad gubernativa que adquiere una entidad territorial de acuerdo a las condiciones y procedimientos establecidos en la Constitución Política del Estado, que implica la igualdad jerárquica o de rango constitucional entre entidades territoriales autónomas, la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y ciudadanos, la administración de sus recursos económicos y el ejercicio de la facultad legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva por sus órganos de gobierno autónomo, en el ámbito de su jurisdicción territorial y de las competencias y atribuciones establecidas en la Constitución Política del Estado y la ley.

Con la Autonomía, el poder inicialmente centralizado en el Gobierno Central, es transferido al Gobierno Autónomo Municipal, asumiendo un gran reto, encaminar el Desarrollo Integral del Municipio, en base a la construcción colectiva de la visión municipal para vivir bien, donde el protagonista  principal en la formulación de las políticas públicas, normas municipales y la toma de decisión es la población.