DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016

Fecha: 18-Abr-2016

ARTÍCULO 117. (PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL)

I.            El Plan de Ordenamiento Territorial comprenderá el área urbana y rural del Municipio de Tolata, debiendo establecer mínimamente la asignación de usos del suelo; la determinación de las formas de asentamiento, normas de edificación, urbanización y fraccionamiento; los mecanismos y modalidades de planificación estratégica que viabilicen su ejecución, y aquellos componentes que garantice un adecuado ordenamiento territorial.