DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016

Fecha: 18-Abr-2016

“…cuando exista sentencia condenatoria ejecutoriada…”

Consiguientemente y por lo expresado, resulta contrario a nuestra Constitución Política del Estado  la frase: “…cuando exista sentencia condenatoria ejecutoriada…”, sin embargo al suprimir ésta frase la disposición pierde sentido, por lo que, éste Tribuna Constitucional Plurinacional declara la incompatibilidad con la Norma Suprema de todo el art. 28 del presente Proyecto de Carta Orgánica, debiendo el estatuyente, adecuar lo observado conforme los argumentos expuestos.