DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016

Fecha: 18-Abr-2016

ARTÍCULO 64. (FORMA DE SELECCIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS)

II.          La selección de las y los servidores públicos, estará fundado en los principios de mérito, capacidad, competencia y transparencia determinados a través de la calificación de méritos, examen de competencia y entrevistas, garantizando la equidad de género y la igualdad de oportunidades en la selección, prohibiéndose  cualquier tipo de cuoteo político.  A para tal fin se constituirá el Comité de Selección del Personal, responsable de la calificación y selección, conformado dentro el marco de la normativa vigente.