DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016

Fecha: 18-Abr-2016

ARTÍCULO 125. (RELACIONES INSTITUCIONALES DE LA ENTIDAD AUTÓNOMA)

II.          Todo acuerdo o convenio, deberá estar enmarcado en las competencias propias del Gobierno Autónomo Municipal velando el mayor beneficio del municipio. La suscripción de los mismos se efectuará a través de  sus máximas autoridades ejecutivas, debiendo ser ratificados por sus órganos deliberativos.