DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016

Fecha: 18-Abr-2016

este Tribunal Constitucional Plurinacional declara la incompatibilidad

Consiguientemente, por lo manifestado este Tribunal Constitucional Plurinacional declara la incompatibilidad con la Norma Suprema de la frase: “…la Alcaldesa o el Alcalde…” del numeral 3 del parágrafo II del art. 35 del presente Proyecto de Carta Orgánica, debiendo el estatuyente suprimir dicha frase del Proyecto de Norma Institucional Básica.

El art. 302.I.6 de la CPE, señala que: “Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción la elaboración de Planes de Ordenamiento Territorial y uso de suelos en concordancia con los planes del nivel central del Estado, departamentales e indígenas”, lo que significa que la elaboración del Plan de Uso de Suelos necesariamente debe ser en coordinación de los planes del nivel central del Estado, del nivel departamental y del nivel indígena, coordinación que en el caso presente no se advierte, por lo que este Tribunal Constitucional Plurinacional declara la incompatibilidad con la Norma Suprema del numeral 10 del art. 51 del presente Proyecto de Carta Orgánica, debiendo el estatuyente adecuar su texto conforme los fundamentos expuestos.