DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2016

Fecha: 18-Abr-2016

ARTÍCULO 84. (RECONSIDERACIÓN)

III.        La Reconsideración se presentará ante la autoridad municipal que emitió la norma impugnada, en el plazo máximo de 5 días hábiles, desde su puesta en vigencia.  La autoridad municipal podrá rectificar la norma emitida o en su caso ratificarla en plazo similar. Dejando abierta la posibilidad de interposición de los recursos subsiguientes.

III. La Reconsideración se presentará ante la autoridad municipal que emitió la norma impugnada, en el plazo máximo de 5 días hábiles, desde su puesta en vigencia.  La autoridad municipal podrá rectificar la norma emitida o en su caso ratificarla en plazo similar. Dejando abierta la posibilidad de interposición de los recursos subsiguientes.