DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2016

Fecha: 26-Jul-2016

adopta

Bajo el epígrafe régimen financiero, el art. 102.I en estudio, señala que el Gobierno Autónomo Municipal de San Pedro adopta el modelo de desarrollo económico boliviano pluralista. Sobre el particular, es pertinente aclarar que la disposición induce a entender que la asunción del modelo económico será discrecional por parte del gobierno municipal de San Pedro, pues podrá elegir o tomar el modelo económico como propio, cuando por supremacía constitucional el modelo debe ser asumido obligatoriamente por la sujeción de la norma básica a la Norma Suprema, y aplicar ese modelo conforme al art. 306.I de la CPE, que establece: “El modelo económico boliviano es plural y está orientado a mejorar la calidad de vida y el vivir bien de todas las bolivianas y los bolivianos”, sobre esa base queda definido que la norma básica no es el instrumento idóneo para determinar, adoptar o reconocer la vigencia de contenidos constitucionales, ya que estos deben ser asumidos de forma obligatoria por la primacía constitucional dispuesta en el art. 410.I y II.1 al 4; además porque la propia norma básica dentro de sus articulados debe expresar la sujeción a la CPE, por tanto se declara la incompatibilidad del art. 102.I del proyecto analizado, debiendo el estatuyente modificarlo conforme a los fundamentos expresados.