DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2016

Fecha: 26-Jul-2016

Artículo 41. (Iniciativa Legislativa)

I.     Tienen la facultad de iniciativa legislativa, en el ámbito de sus competencias exclusivas de los Gobiernos Autónomos Municipales, para su tratamiento obligatorio en el Concejo Municipal: Las ciudadanas y los ciudadanos, las Organizaciones Sociales, las Concejalas y los Concejales, el Órgano Ejecutivo Municipal.