DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2016

Fecha: 26-Jul-2016

Artículo 50. (Mecanismos y procedimientos de Información, transparencia y Rendición de cuentas)

I.     El Gobierno Autónomo Municipal de San Pedro, en estricta sujeción al mandato constitucional y a la normativa vigente, informará, publicará y difundirá de forma oportuna, los planes, programas, proyectos, contrataciones, reportes de ejecución concernientes a éstos, los informes físicos y financieros, resultados, evaluaciones, balances, así como información sobre la gestión pública a su cargo, garantizando el acceso a esta información a todas las ciudadanas y ciudadanos del Municipio, así como a las autoridades que lo requieran.

II.   Todos los componentes del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de San Pedro deben sujetar sus funciones y acciones al principio de transparencia inserto en la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz, con mayor pertinencia las y los responsables de los recursos financieros, económicos y patrimoniales del Municipio.

IV.  La ley municipal de participación y control social determina la creación de espacios, frecuencia y modalidad de funcionamiento para rendición de cuentas y garantizando la participación y el control social. en los términos establecidos en la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.