DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2016

Fecha: 26-Jul-2016

Artículo 126. (Disposiciones generales sobre administración del Patrimonio)

I.     La administración Patrimonial es el conjunto de normas, procesos y procedimientos dirigidos a la captación, asignación y disposición de los recursos del capital económico financiero del Municipio de San Pedro por parte del Gobierno Autónomo Municipal, destinadas a la satisfacción de ¡as necesidades de la población y el cumplimiento de sus competencias y fines autonómicos.

III. El Gobierno Autónomo Municipal de San Pedro administra y ejecuta sus recursos con plena independencia autonómica de otros niveles de gobierno del Estado y conforme con la planificación estratégica, programación operativa y presupuesto municipal participativo y el marco normativo financiero y los alcances de la Ley de Administración y Control Gubernamentales.