DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2016

Fecha: 26-Jul-2016

PREÁMBULO

El actual Municipio de San Pedro, ubicado en la jurisdicción territorial de la Provincia Manuripi del departamento Pando, tuvo su origen en el llamado auge de la goma y la castaña, dos productos forestales amazónicos, el primero de gran explotación y exportación durante finales del siglo XIX y primera mitad del siglo XX; la zafra, el beneficiado y la exportación del segundo producto continúa en la actualidad habiéndose convertido en el producto estrella de los departamentos Beni y Pando y principalmente de su economía.

Las poblaciones en el territorio amazónico de Bolivia (Beni y Pando) surgieron a la vera de grandes ríos convertidos en vías de transporte para carga y pasajeros, tal como se puede constatar en un mapa de los departamentos mencionados. Así, la provincia Manuripi se asemeja a un triángulo isósceles irregular reclinado cuya base es una recta que divide a Pando y Bolivia del territorio peruano, mientras que su lado norte está conformado por los ríos Tahuamanu en su curso superior y el Rio Orthon en su curso inferior; en su lado Sur está el río internacional Madre de Dios que nace en el Perú, pasa por Bolivia, se introduce al Brasil y desemboca en el Océano Atlántico. Este es el contexto geopolítico donde nació y está San Pedro.

La presente Carta Orgánica Municipal responde al espíritu de la Nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, que en su artículo 390, en un capítulo destinado a la Amazonía, numeral I, declara: “La cuenca amazónica boliviana constituye un espacio estratégico de especial protección para el desarrollo integral del país por su elevada sensibilidad ambiental, biodiversidad existente, recursos hídricos y por las ecoregiones”.

Por mandato del Artículo N° 275 de la referida Constitución Política, es atribución del Concejo Municipal la elaboración coparticipativa de la Carta Orgánica para el Municipio  de San Pedro: además, el Artículo N° 60 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, establece la naturaleza jurídica tanto de los Estatutos Autonómicos como de las Cartas Orgánicas de los Municipios, lo que implícitamente involucra al Municipio de San Pedro.

La presente Carta Orgánica responde y se ajusta a las previsiones y preceptivas de las leyes mencionadas y otras conexas y su propósito es regular todas las funciones de las estructuras administrativas del Gobierno Municipal Autónomo de San Pedro para un desarrollo armónico y justificado legalmente para el “vivir bien” de los estantes y habitantes de San Pedro hoy y en el futuro inmediato y mediato.