DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2016

Fecha: 26-Jul-2016

“Artículo 81. (Áridos y Agregados)

Las disposición cuestionada, hace referencia a la explotación de áridos y agregados; sin embargo, no toman en cuenta la previsión contenida en el art. 302.I de la CPE que dice: “Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: 41. Áridos y agregados, en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos, cuando corresponda”, omisión que debe ser corregida.