SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2055/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2055/2012

Fecha: 16-Oct-2012

Artículo 136 (CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES).

Artículo 136 (CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES). Todas las entidades territoriales autónomas cumplirán las obligaciones que la Constitución Política del Estado y las leyes establezcan, resultando ineludible para ellas velar permanentemente por la unidad e integridad del Estado Plurinacional. Su incumplimiento generará las sanciones en sujeción a la Constitución Política del Estado y las leyes”.

El artículo en análisis establece la obligación que tiene las entidades autónomas de cumplir las obligaciones establecidas en la Constitución Política del Estado y las leyes, fundamento que se encuentra plenamente consagrado en el art. 108.1 de la CPE, cuando establece que “Son deberes de las bolivianas y bolivianos, conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”; en consecuencia, la previsión de la norma en análisis encuentra su sustento en el art. 108.1 de la CPE.