SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2055/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2055/2012

Fecha: 16-Oct-2012

en sentido que su ejercicio se encuentra condicionado a unos preceptos técnicos los cuales son establecidos por el nivel central del Estado en el marco de su competencia exclusiva “Políticas de planificación territorial y ordenamiento territorial”

Sobre este aspecto, es necesario determinar que si bien es cierto que la Ley Marco de Autonomías y Descentralización no debe normar una competencia exclusiva de una entidad territorial autónoma, pues la instancia que está facultada para emitir legislación respecto de esta competencia son los concejos municipales y no la Asamblea Legislativa Plurinacional de acuerdo al art. 297.I.2 de la CPE. Sin embargo, esta competencia exclusiva municipal tiene un carácter especial, en sentido que su ejercicio se encuentra condicionado a unos preceptos técnicos los cuales son establecidos por el nivel central del Estado en el marco de su competencia exclusiva “Políticas de planificación territorial y ordenamiento territorial” (art. 298.II.33 CPE) (las negrillas son nuestras).