DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014

Fecha: 11-Nov-2014

Artículo 20

La facultad es una característica atribuida por la Constitución y la ley a una institución pública, mediante la cual se otorgan ciertas prerrogativas en el ámbito de sus competencias; en virtud a las cuales, los entes operativos ejercitan las atribuciones, tal como se desprende del análisis del art. 272 de la CPE, el cual dispone que la autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de sus facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos de gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones. En consecuencia, en el presente caso corresponde referirse a atribuciones y no a facultades.