DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014

Fecha: 11-Nov-2014

Artículo 3

La redacción de este artículo, remite al precepto contenido en el art. 271 de la CPE, cuyo texto, en el primer parágrafo dispone: “La Ley Marco de Autonomías y Descentralización regulará el procedimiento para la elaboración de Estatutos autonómicos y Cartas Orgánicas, la transferencia y delegación competencial, el régimen económico financiero, y la coordinación entre el nivel central y las entidades territoriales descentralizadas y autónomas”.

De la construcción semántica del precepto, se observa que la primera parte de la señalada disposición legal, no se refiere a los alcances de la autonomía sino a la reserva regulatoria establecida por la Constitución Política del Estado, con relación a la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, debiendo tenerse presente que el art. 272 de la Norma Suprema, se refiere al régimen autonómico.

En consecuencia, al no estar contemplado de forma clara y precisa, a qué se refiere el régimen autonómico, se incurre en vulneración al principio de seguridad jurídica; por lo tanto, corresponde determinar la incompatibilidad del primer párrafo del art. 3 de la Carta Orgánica del municipio El Puente.