DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014

Fecha: 11-Nov-2014

Numeral 6

Sobre la base de las mismas disposiciones constitucionales glosadas en el análisis anterior, debe aclararse que la pretensión de incorporar la fiscalización y administración del catastro rural, no corresponde al concejo municipal, porque como se demostró precedentemente, constituye una atribución exclusiva del Gobierno Central. Por lo que, bajo esta interpretación, este Tribunal declara la incompatibilidad de la palabra “rural”, del numeral 6 del artículo analizado, la misma que debe ser excluida de su redacción.

Similar razonamiento debe ser aplicado con relación a la incompatibilidad del numeral del art. 46, siendo que no es posible suspender a ninguna autoridad por haberse dictado en su contra acusación formal; dado que los arts. 145, 146 y 147 de la LMAD, fueron expulsados del ordenamiento jurídico nacional mediante la SCP 2055/2012.