DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014

Fecha: 11-Nov-2014

Parágrafo IV.-

         Parágrafo IV.- Conforme a lo dispuesto por el art. 283 de la CPE, los gobiernos autónomos municipales se constituyen por un concejo municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y, un órgano ejecutivo, presidido por la alcaldesa o el alcalde.

En virtud a dicho precepto, se entiende que los órganos que conforman el ente municipal son los que gozan de los principios contenidos en el art. 12 de la CPE; es decir, tanto el concejo como el ejecutivo municipal; en consecuencia, no es posible afirmar que la organización de un gobierno autónomo municipal se encuentra basada en tales principios; puesto que la organización municipal se refiere a la forma de ejercitar las atribuciones conferidas por la Constitución.